domingo, 9 de septiembre de 2012

DERECHO CONSTITUCIONAL UNIDAD #1


UNIDAD  #2 
QUE ES EL DERECHO CONSTITUCIONAL ? 

Segun Vladimiro Naranjo, el derecho constitucional es la principal rama del derecho publico que estudia el contenido constitucional del estado, ademas del funcionamiento y la estructura del mismo.
Vladimiro tambien alude que el derecho es el genero y el derecho constitucional solo una de sus especies o sus ramas; El derecho constitucional tiene como misión especifica la limitación de determinados poderes a los órganos estatales, una de las características de este es que mantiene una bilateralidad, rige las relaciones entre sujetos donde uno de esos sujetos es el estado o alguno de sus derivados.

El derecho constitucional ocupa una posición central puesto que en el se encuentran los fundamentos  básicos de todas las manifestaciones del ordenamiento jurídico estatal. 

Esta rama del derecho  se puede definir en cuatro contenidos : 
- La estructura del estado en el marco de la constitución:  ante todo existe para esto una constitucion, que es la que define los derecho y deberes de cada ciudadano ; quienes son extranjeros y nacionales, como se adquiere la nacionalidad y la ciudadanía entre muchas cosas mas. 

-La situación del individuo frente al poder del estado:  en esta situación debe entenderse que existe una relación de individuo y autoridad.  En la carta magna están plasmados los derechos fundamentales tanto individuales como colectivos  en donde los gobernantes deben buscar la forma de hacerlos efectivos para la sociedad. 

-La organización y funcionamiento del poder en sus aspectos fundamentales: esta se ocupa de la organización y el funcionamiento del poder publico, esta parte se ocupa del sistema gubernamental . de su modo de integración, periodos, atribuciones etc.

-La instituciones políticas que constituyen  el soporte de la vida estatal: son todas aquellas que le dan vida al estado. por instituciones políticas debe entenderse los sistemas electorales, las fuerzas armadas, en algunos casos las iglesias y también los partidos políticos.


***Segun Andre Hauriau el objeto primordial del derecho contitucional es  " encuadramiento juridico de los fenomenos politicos" organizar politicamente a una determinada sociedad , se ocupa de los aspectos juridico politicos del estado.
E indica , que el encuadramiento juridico de los fenomenos politicos no se ha dado por tres razones especificas : 
1. por la violencia inherente en las relaciones politicas
  2. porque la vida política esta en constante cambio o evolución

 3. porque las normas jurídicas, principalmente del derecho constitucional obligan a actores poderosos como los gobernantes y estos muchas veces no quieren someterse a la ley.

***Los fenomenos politicos son todos aquellos hechos que se presentan en la vida social en ellos siempre esta implícita la noción del poder, esa lucha por el poder publico puede abordarse segun Hauriou en tres planos diferentes: 1. el reconocimiento total del hombre por el hombre.
2.el de la determinación de lo que es bueno para la sociedad , es decir la búsqueda del bien común.
3. relación de gobernantes y gobernados


 es importante saber que :
fueron Platon y Aristoteles quienes dieron las pautas iniciales para el constitucionalismo moderno , al sostener que todo gobierno debe estar sujeto a una ley y toda ley a un principio superior. el cual para platon era "la justicia"y para Aristoteles "la constitucion"





GRECIA : empezó el constitucionalismo aunque no 

era llamado de esta manera,
la formación de reuniones llamada politeia donde 
trataban temas relacionados directamente con aspectos 
, economicos, socieales y jurídicos da a entendernos 
que habia un principio de derecho constitucional.

                                                        
ROMA : posteriormente se desarrollo en roma, desaparece lo que los griegos creían de el, como "una realidad general" y se convierte en una ley titular emanada por el emperador .

***EL DERECHO PUBLICO debe a ROMA dos conceptos de mucha importancia, que se desarrollan  a partir de LA EDAD MEDIA  como son :
1. SUPERANITAS > SOBERANIA
2.IMPERIUM > IMPERIO





***El derecho constitucional hace referencia a dos técnicas:
  • tecnica de libertad :  que se encarga de ocuparse en la consagración de derechos y libertades.
  • tecnica de autoridad: ocuparse fundamentalmente en la organización del ejercicio del poder. 



Génesis y vida del Movimiento constitucional liberal Ciencia Constitucional Y Derecho Constitucional



Relación de la ciencia política con otras ciencias sociales y diferencias

 Ciencia Política y Filosofía Política
Desde la antigüedad hasta mediados del siglo XX, las expresiones "Ciencia Política" y "Filosofía Política" se tomaban como sinónimos en la medida en que formaron parte de la Llamada Teoría Política. Los trabajos de platón , Aristóteles , Pólibo , SÉNECA , Santo Tomás , HOBBES, Locke, Marx, etc , eran considerados como Teorías Políticas ,pues no existía una diferencia entre estas dos disciplinas.


En cuanto a la relación de la ciencia política con la filosofía política durante mucho tiempo hubo una relación de inclusión: la ciencia política estuvo incluida en la filosofía política.
Con el tiempo esta relación de inclusión se convierte en una relación de intersección, es decir, que parte de la ciencia Política se encontraba parcialmente dentro de la filosofía política.
Esta relación de intersección en la actualidad se convierte en una relación de exclusión total. La ciencia política ya no está incluida en la filosofía política .


Se produce de esta forma una separación definitiva entre ciencia política delimitando cada disciplina su región de estudio. Esta separación no es total, debido a que siempre encontramos planteamientos filosóficos , sobre todo ideológicos, en la ciencia política.
Podemos decir que el objeto de la filosofía política sería:
A) Los hechos de la realidad pero con la clara intención de decir cómo deben ser.
B) Su meta es normativa, valorativa y axiológica.
Por el contrario, la ciencia política , se limita a estudiar hechos y a formular teorías para explicarlos .Decimos formular teorías porque la simple descripción  de los hechos es un punto de vista extremadamente superficial al pretender que la verdad puede encontrarse estudiando hechos.
También podemos decir que los principios valorativos o normativos son estudiados por la ciencia política como hechos, pero no difundidos o promulgados por ésta. Por eso podemos observar que los estudios de política se refieren en muchos casos a cuestiones de hecho y de valor.
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 Ciencia Política y Derecho Constitucional
En este caso no se da una relación de inclusión total porque el derecho constitucional no abarcó un estudio integral de la relación política , limitándose a analizar la acción política dentro de los marcos establecidos por la norma constitucional, dejando de lado el estudio el estudio de la política como fenómeno no jurídico, es decir como fenómeno social.

En una época no lejana, el derecho constitucional y la ciencia política eran los mismo porque su objeto de estudio era el Estado. Algunos juristas consideran que el objeto central de la ciencia política es el análisis de las relaciones políticas interestatales.
En la actualidad y en contradicción con lo que sostiene la corriente constitucional sobre el objeto de estudio dela ciencia política que pertenezcan a diversas tendencias, convienen que el objeto de estudio de la ciencia política es el poder y no el Estado.
Podemos decir que la ciencia política tiene una ámbito de estudio más amplio que el derecho constitucional.
Si bien este último estudia las normas que rigen en la conducta política de los miembros de una nación determinada y sus instituciones políticas , no puede confundirse con la ciencia política, pues esta última pretende ser una teoría empírica, explicativa , descriptiva y predictiva de los fenómenos políticos y de las relaciones de poder, lo que hace que se constituya como una ciencia autónoma y se despliegue del derecho constitucional.
Otra diferencia importante entre política y derecho, se relaciona con la toma de decisiones 

 Ciencia Política y Sociología Política
En este caso la Ciencia Política en un primer periodo histórico, está incluida dentro de los marcos teóricos de la Sociología. Es la época en donde se analiza el poder social y político encuadrándolo dentro del positivismo  comteano y post comteano. Luego entra en un proceso de resquebrajamiento que sin dejar la metodología positivista culmina con Marx weber  y su sociología del poder y Karl Marnhein y su sociología del conocimiento . La otra corriente en este proceso de independencia es  la marxista principalmente representado por Gramsci hasta llegar a la escuela alemana de Marburgo de Abendrot, Lenk y Kammler. A partir de este momento la ciencia política adquiere autonomía teórica, de contenido y metodología.
Maurice Duverger sostiene que las expresiones de "sociologia politica " y "Ciencia Política" son sinónimas. Considera que su diferenciación es puramente administrativa y pedagógica. Duverger afirma que la expresión Ciencia política tiende al estudio aislado de los fenómenos políticos, limitando así sus contactos con otras ramas de las ciencias sociales. Por el contrario la denominación sociología política parece marcar una voluntad por situar los fenómenos sociales, por suprimir los límites entre las disciplinas, al señalar la profunda unidad de todas las ciencias sociales.
Según Francisco Miró Quesada Rada el error de Duverger radica precisamente en su contenido porque la sociología política y la ciencia política se diferencian por el objeto y no por la metodología, que, sin ser ésta única sino universal, es la misma para todas las disciplinas sociales.
Otras relaciones sería con la Antropologia politica  y la Economía Política.



BIBLIOGRAFIA 
FISICA:
      
Autor : Vladimiro  Naranjo

CIBERGRAFIA :
http://jorgemachicado.blogspot.com




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